En 2023 un fallo arrancado por el ICOVV obligó a cambiar una RPT y ese mismo año, tras varios informes y periciales, el CVCV logró un compromiso de la Generalitat para incluirlos en convocatorias como la de director de parques naturales

El Consell Valencià de Col.legis Veterinaris (CVCV) considera que la reciente sentencia del Tribunal Supremo -de 18 de febrero- consolida y refuerza el trabajo realizado estos años en esta misma dirección por la entidad colegial autonómica. Este fallo, que anuncia la firmeza definitiva de la Sentencia 65/2025, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ del País Vasco (TSJPV), no solo obliga a la inclusión inmediata de los veterinarios en puestos técnicos transversales, sino que “sienta una doctrina determinante sobre los límites de la potestad organizativa de las administraciones públicas en toda España” para decidir discrecionalmente qué titulaciones acceden a cada puesto en las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT), según ha señalado el Consejo de Veterinarios del País Vasco (CVPV), que es la entidad que ha llevado esta resolución hasta el más alto tribunal. Efectivamente, antes de conocerse, el Colegio de Valencia (ICOVV) ya logró -en otra sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo número 7 de Valencia- que se reconocieran las competencias de los veterinarios para aspirar a un puesto como el de jefe del Servicio de Control de Calidad Agroalimentaria. Meses después, tras años de gestiones y presentación de informes periciales por parte del propio CVCV, se arrancó en esta misma línea el compromiso por parte de la Generalitat de incluir también a los veterinarios como posibles candidatos a puestos como el de director/conservador de parques naturales.

Con la citada decisión del Alto Tribunal, la sentencia del TSJPV adquiere carácter definitivo. La Administración autonómica -en función de este fallo, que genera jurisprudencia- queda obligada a incluir el campo de estudio de Veterinaria para el acceso a las Escalas Facultativa y Técnica de Medioambiente y de Laboratorio.

Como ha resumido en un comunicado el referido consejo vasco de colegios veterinarios, con este pronunciamiento la Justicia ha dictaminado que:

  • La autonomía no es arbitrariedad: Aunque la Administración tiene margen para organizar sus servicios, sus decisiones deben estar motivadas técnicamente y no pueden excluir a profesionales capacitados sin una justificación científica superior.
  • Prevalencia de la «Libertad con Idoneidad»: El tribunal ratifica que debe prevalecer el principio de libertad de acceso basado en la idoneidad académica sobre cualquier intento de crear monopolios excluyentes para otras profesiones.
  • Legitimación de los colegios: Se consolida la jurisprudencia que reconoce a los Colegios Profesionales la capacidad legal para impugnar RPTs cuando afecten a los intereses de sus colegiados, rechazando que estos sean meros «temas internos» de la Administración.

Antecedente del ICOVV

Y esto último fue lo que impulsó el Colegio de Veterinarios de Valencia (ICOVV) cuando conoció la resolución para la RPT en la que las condiciones para aspirar a un puesto como jefe del Servicio de Control de Calidad Agroalimentaria excluían a los veterinarios. Según lo publicado el 9 de marzo de 2022 en aquella RPT, la referida plaza quedaba reservada a dos cuerpos y escalas: la vinculada con la cualificación de ingeniero agrónomo (A1-04-07) y con la de técnico superior de laboratorio y tecnología agroalimentaria (A1-08-02). El ICOVV presentó entonces recurso de reposición contra esa parte de la RPT para que se reconsiderara el citar e incluir a los veterinarios (A1-04-12) pero tal pretensión fue desestimada en agosto de ese mismo año por la Dirección General de Desarrollo Rural de la Conselleria de Agricultura.

La entidad colegial acudió entonces a los juzgados y en sentencia dictada el 23 de noviembre de 2023 se le dio la razón. El fallo, pese a no ser firme, no fue recurrido por la Administración, que se limitó a proceder a su ejecución.

El abogado del ICOVV adujo en su recurso que resultaba “incoherente” que no se permitiera a los veterinarios acceder a esta jefatura de servicio concreta pero sí a las jefaturas de sección integradas en él. La misma reflexión le merecía que, según la RPT recurrida, se permitiera a este colectivo profesional optar al puesto de jefe del Servicio de Calidad Agroalimentaria y no al homólogo de Control de Calidad Agroalimentaria.

Frente a tales consideraciones, la Administración sostenía que el puesto de control aludido excluía las funciones “relacionadas con aspectos sanitarios” y que las tareas referidas “con las canales de vacuno y porcino, son de clasificación comercial, no de aspectos veterinarios”. En su sentencia, el juez consideró que tales motivaciones resultaban “parcas” y coincidió con los argumentos del ICOVV.

La RPT de 2016

La Administración sostenía que los veterinarios no sabían de ‘clasificación comercial de canales de porcino’

Idéntica problemática se arrastraba con la RPT publicada en 2016 (2016/3688) por la Conselleria de Justicia, que detallaba los puestos de Presidencia, de todas las consellerias y demás entidades dependientes de la Función Pública. En esta RPT se relacionaban toda una serie de plazas para titulados superiores donde tampoco se incluían a los veterinarios (entonces Cuerpo A1-23). El listado era amplio y afectaba a hasta 50 plazas: en la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria se excluía a los veterinarios del cargo de subdirector general o de jefe de servicio del departamento de Auditoría Interna; en el IVIA se hacía para los de director de centro; en la Conselleria de Agricultura se les excluía de una importante cantidad de cargos como el de director territorial, una gran cantidad de jefes de sección o técnicos superiores de distintas subsecretarías y direcciones generales  y, quizá lo que más llamó la atención, se descartaba tal cualificación para responsabilidades con numerosos antecedentes y casos de otras autonomías que los veterinarios han ocupado en considerables ocasiones, como del de director/conservador de parque natural.

Aquello ya provocó diversos contactos, cartas y protestas por parte del entonces presidente del CVCV, Francisco Beltrán. La cuestión fue retomada posteriormente por su sucesora al frente del consejo autonómico, Inmaculada Ibor, que mantuvo esta línea de actuación. En 2017 se encargó un informe pericial a María Teresa Reyes Pla, una experta independiente, catedrática de Tecnología de los Alimentos en la Universidad Autónoma de Barcelona. Reyes Pla analizó la cuestión en profundidad, documentó de manera exhaustiva los antecedentes de la Veterinaria como profesión sanitaria multidisciplinar, analizó las competencias atribuidas a esta titulación y su evaluación europea y concluyó en su dictamen que estos titulados tienen “una formación académica idónea, intrínsecamente, para optar a las plazas del cuerpo de titulación superior publicadas en la resolución 2016/3688”.

Nuevo informe en 2019

En diciembre de 2019, además, el CVCV remitió tal informe acompañado de una carta de la propia entidad colegial en la que se detallaban los estudios requeridos para tales puestos y cómo estos se ajustaban al temario de las pruebas de acceso de estos profesionales a la Administración. Además, en el nuevo informe se tildaba de “sectario” el argumento esgrimido por la Administración autonómica para descartar a los veterinarios, que venía a justificarlo aduciendo que en la Comunitat “tiene mayor importancia la actividad agraria que la ganadera”.

Y, concretamente para referirse a las plazas de director de parques naturales, el CVCV constataba la cantidad de asignaturas de Veterinaria relacionadas con estas responsabilidades, que en virtud de tal formación sus graduados pueden tener acceso a masters en gestión de medio ambiente y fauna silvestre. Hechos a sumar -según se decía en el informe- a que en otras autonomías como la catalana a estos puestos sí pueden optar los veterinarios, como de hecho había ocurrido en diversas ocasiones.

Mérida ‘desencalla’ la situación

En 2023, tras las elecciones autonómicas y tras consumarse el nuevo reparto de competencias entre la Conselleria de Agricultura y la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio, el CVCV volvió a llevar este asunto a la mesa del nuevo director general de Medio Natural y Animal, Raúl Mérida. El hoy secretario autonómico de Medio Ambiente y vicepresidente tercero del Consell pidió en octubre de aquel año tras aquel encuentro recabar todos los informes y dictámenes antes mencionados. Tras analizarlos,  ya en 2024 informó de su posición favorable a acceder a las peticiones del CVCV y desde entonces que se ha mantenido tal compromiso y en las plazas públicas de la sección de Medio Ambiente se incluye la posibilidad de acceso a los veterinarios.