No es una de las razas recocidas en el listado de la Ley pero es un cruce de tres de ellas por lo que, por sus características, debe inscribirse así en el RIVIA
El American Bully es una raza estadounidense, relativamente joven, con origen en 1980, que no se reconoció hasta diez años más tarde y que proviene de la mezcla entre el American Pit Bull Terrier, el American Staffordshire Terrier y el Staffordshire Bull Terrier. Estos animales no se encuentran catalogados como una raza con tipología independiente y deben considerarse como cruce de las citadas tres, todas ellas catalogadas por Ley como perros potencialmente peligrosos (PPP). Revisada la legislación y considerando tal tipología racial, siguiendo las indicaciones de la conselleria competente, el Consell Valencià de Col.legis Veterinaris (CVCV) informa que estos perros deberán registrarse como PPP, teniendo sus responsables legales (titulares) que cumplir con todos los requisitos a tal efecto (disponer de licencia, seguro de responsabilidad civil o, entre otras, uso de bozal obligatorio así como de la correa de menos de 2 metros en lugares públicos ).
La catalogación de razas potencialmente peligrosas se establece en el Decreto 145/2000, de 26 de septiembre, por el que se regula, en la Comunitat Valenciana, la tenencia de animales potencialmente peligrosos, en la redacción dada por Decreto 16/2015, de 6 de febrero, del Consell, de modificación del Decreto 145/2000. En el Anexo II del citado decreto se recogen las características y las condiciones para la tipificación de razas de PPP. Asimismo, se especifican las razas y las características para perros sin tipología racial.
Siguiendo indicaciones de la conselleria competente en materia de sanidad y bienestar animal en lo que respecta al registro de razas PPP, en el RIVIA se inscribirán las reconocidas por la Federación Cinológica Internacional (FCI) a la cual pertenece la Real Sociedad Canina de España, así como por el Ministerio de Agricultura en el RD 558/2001, de 25 de mayo, por el que se regula el reconocimiento oficial de las organizaciones o asociaciones de criadores de perros de raza pura.
Características morfológicas
Debido a las características morfológicas del American Bully, propias de este tipo de perros y valorando que el espíritu de la ley es la prevención y protección de la integridad física y los bienes de las personas ante animales que -en su caso- podrían constituir una amenaza o riesgo potencial, la norma dispone una serie de medidas cautelares que pretenden minimizar tal exposición y que justificarían su consideración y registro oficial en el RIVIA como PPP, pese a no formar parte del listado recogido en la referida legislación.