Rechaza las alegaciones del CVCV y permite a otros titulados impartir los cursos

El 17 de diciembre el Pleno del Consell aprobó el decreto que establece los requisitos que han de seguir los cursos de formación en materia de bienestar animal. Una década después del último decreto a este respecto, se ha actualizado la normativa que determina la formación mínima en esta materia del personal que trabaja en las explotaciones ganaderas, el transporte de animales, en mataderos o en núcleos zoológicos. El Consell Valencià de Col.legis Veterinaris (CVCV) presentó en marzo un paquete de alegaciones dirigidas a poner en valor el papel del veterinario. Pues bien, la mayoría no han sido atendidas, la principal: no se ha aceptado al veterinario como el único profesional competente en materia de bienestar animal.

Tal cosa permitirá que estos cursos puedan ser impartidos también por otros licenciados, grados o ingenieros “con master o formación reglada en este terreno” o incluso aquellos que puedan “presentar un proyecto docente suficiente para garantizar la adecuada formación del alumnado o acreditar un curso de formador de formadores impartido por una administración con competencias”. La única concesión a este respecto para los veterinarios es que se reconoce su licenciatura o grado como cualificación habilitadora pero no la exclusiva, como reclamaba el CVCV.

Con esta perspectiva, es fácil entender que tampoco se reconozca a esta profesión como la única exenta para tener que recibir esta formación, como también se reclamaba. Efectivamente, en este extremo y según reza el decreto, podrán estar liberados de tal obligación los veterinarios -a los que se cita- pero también cualquiera que pueda “acreditar conocimientos suficientes en bienestar animal”

Contenidos y One health
Tampoco ha tenido mejor suerte la petición realizada al respecto del temario que se debiera impartir. A este respecto, más allá de que tal cosa se concretará mediante órdenes posteriores, el CVCV pedía que se incluyeran aspectos básicos sobre bioseguridad de las explotaciones, para evitar la difusión de enfermedades infectocontagiosas y parasitarias, sobre morfología y fisiología de las especies, así como etología y algunas cuestiones éticas.

En su lugar, el decreto se limita a concretar lo ‘obvio’ sobre el aprendizaje de “la normativa aplicable, conocimientos generales en bienestar animal y comportamiento animal, y un módulo específico en función del tipo de animal”. Tampoco se menciona nada sobre el enfoque One health que la entidad colegial reclamó aplicar para esta formación.

Organización de cursos
El decreto menciona un largo listado de entidades que podrían organizar estos cursos (universidades, centros docentes públicos y privados, entidades de derecho público, cooperativas, organizaciones de productores…) pero no cita expresamente -como también se reclamaba en otra alegación- al propio CVCV o a los colegios oficiales de veterinarios. La entidad colegial defendía, sin embargo, que estas corporaciones ya “disponen de los conocimientos, el personal y equipamiento necesario para asegurar una formación de calidad”.

Sí ha sido satisfecha, por contra, la petición de que estos cursos se pudieran dar de modo on line y en directo.