Remarcan la necesidad de denunciar estos casos y coordinan cómo hacer las periciales

No fue el primer encuentro entre los representantes del Colegio de Valencia (ICOVV) y los de la sección de Derecho Animal del Colegio de Abogados (ICAV). Tampoco fue el primer contacto con el fiscal de Medio Ambiente de Valencia, Eduardo Olmedo, con quien se trabaja de manera fructífera desde hace años. Pero sí fue la primera ocasión en la que las tres partes debatieron en público cómo colaborar de manera eficaz en la lucha contra el maltrato animal. De ahí, que durante el curso celebrado el17 de junio en la sede colegial se insistiera tanto en la necesidad -obligación legal, más bien- de que los veterinarios (y cualquier ciudadano) denuncien este tipo de delitos cuando tengan conocimiento de ellos, de fomentar la participación de éstos como peritos en los procesos que se puedan instruir y de conocer mejor el marco legal existente para, en su caso, que tales informes puedan ayudar en los juicios a lograr sentencias condenatorias.
El fiscal compareció de la mano de la presidenta de la sección de Derecho Animal del ICAV, Amparo Requena, así como de una de sus vocales y letrada, Ana Cal. Por parte de llos veterinarios estuvo su máxima responsable, Inmaculada Ibor, junto con la abogada del ICOVV, Ángeles Gómez.
Efectivamente, el colegio comenzó a colaborar con este grupo de juristas en junio de 2019. Tras aquel encuentro, la entidad creó una primera bolsa de veterinarios voluntarios para colaborar en la redacción de informes periciales.

“La sensibilidad por estos temas es mayor, en la sociedad pero también en la clase política”, introdujo Ibor para ejemplificar tal cosa en la efectiva tramitación parlamentaria de cambios claves en esta materia, tanto a nivel autonómico -con el anteproyecto de Ley sobre Protección de Animales de Compañía- como nacional, con las modificaciones propias de la nueva concepción de las mascotas como “seres sintientes” en el C. Civil, la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley Hipotecaria. “Los veterinarios tenemos una gran responsabilidad en el bienestar animal. Las periciales que podemos hacer deben ser razonadas en términos clínicos y aportar luz a los juicios”, dijo para acabar por referirse a la oportunidad del curso que, unos días antes, el ICOVV había organizado sobre ‘Peritación veterinaria’ (ver pag 8). Con todo, a lo largo del debate, Ibor propuso montar talleres específicos para perfeccionar la estructura y técnica de estos informes.

Petición de «auxilio”
Olmedo reconoció que en estos procesos “la prueba pericial -objetiva e independiente- es clave tanto para obtener medidas cautelares como para lograr condenas” por lo que, acto seguido, realizó una “petición franca de auxilio” a los colegiados. Según describió, ante la falta de veterinarios forenses, se recurre a periciales de unos pocos funcionarios ya especializados -pero que están desbordados- o privadas (veterinarios de las propias protectoras), que suelen sufrir el menoscabo de ser tratadas como ‘de parte’.

El desconocimiento de la Ley -concretamente del art 337.1; 337.2, 337.4 y 337 bis del C. Penal- tampoco ayuda a que se presenten más denuncias que permitan perseguir este delito. Olmedo recordó que los casos de corte de orejas o del rabo (por causas no sanitarias), las peleas de perros y de gallos (salvo en Canarias y en casos reglados en Andalucía) o las alteraciones anatómicas de los mismos (mutilación de la cresta, barbillas y orejillas), los signos de violencia sobre el animal, las alteraciones de chips (sin chip o en blanco) o los perros que no reciben un alimento o cuidados adecuados, que estén encerrados o atados permanentemente ,“deben denunciarse”.

Para facilitar el proceso, los colegiados que sean conocedores de alguna de estas situaciones pueden trasladarla al ICOVV, que será quien denuncie el caso, o a la Fiscalía (se facilitará dirección). Una vez descrito clínicamente, la clave para lograr una condena (si así se estimase, claro) es hacer inteligible el relato de la pericial para el juez y fiscal y concluir si, como exige el referido art 337.1 el trato infligido al animal ha supuesto “un grave menoscabo de su salud”, esto es, que pueda haber peligrado su vida o integridad. Y en este sentido -para casos como los perros atados de por vida a una correa- Olmedo recordó que también se puede informar los posibles daños graves psíquicos o conductuales al animal.