El ICOVV edita una breve guía para aclarar conceptos y para determinar los pasos que se siguen ante una queja deontológica o una reclamación judicial

Los veterinarios no suelen reparar en ello hasta que les toca. Se sabe que ésa circunstancia está ahí, que a lo largo de una carrera profesional en algún momento se afrontará. ‘¿Cómo actuar ante una reclamación?’, ése es el ilustrativo título de la guía que ha elaborado el Colegio de Valencia (ICOVV) para aclarar conceptos y para detallar qué pasos se han de cubrir, según sea el caso.

El prólogo empieza señalando cuál es la primera función de la entidad colegial: “Tiene como finalidad esencial vigilar el ejercicio de la profesión (…) haciendo cumplir la ética profesional y normas deontológicas”.

Pregunta-respuesta
Las páginas siguientes se dedican a resolver dudas conceptuales a través de la fórmula pregunta-respuesta. Así, se introduce una primera diferenciación elemental: la reclamación deontológica -basada en el código colegial y cuyas faltas y sanciones vienen recogidas en los estatutos- versus la reclamación judicial -que puede seguir la vía civil o penal- (ver cuadro).

En este apartado se informa también de las funciones del seguro de responsabilidad civil (RC), que es obligatorio, no cubre las sanciones deontológicas (pero sí las indemnizaciones derivadas de un eventual daño causado por el servicio veterinario) y que tiene coberturas determinadas en la póliza colectiva que el ICOVV tiene contratado.

Los pasos
A continuación, la guía entra al detalle de los pasos a cubrir ante una reclamación deontológica: 1.-Presentación de la queja por formulario con todas las pruebas posibles; 2.- El expediente se traslada al vocal de la sección deontológica, que lo estudia para cursarlo o no; 3.- En caso de darse indicios, el ICOVV envía al denunciado las diligencias informativas y le pide que aporte pruebas (alegaciones) para defenderse; 4.- La Comisión Deontológica analiza todo ello y presenta un informe; 5.- La Junta de Gobierno atiende al mismo y decide abrir o no expediente; 6.- En caso de no hacerlo se comunica al afectado el archivo; 7.- En caso de abrirlo se informa al veterinario (de la incoación) y se nombra un instructor, quien propondrá una resolución según el tipo de falta (leve, grave o muy grave). Durante este periodo, el denunciado puede solicitar práctica de prueba y realizar alegaciones en su defensa; 8.- El ICOVV comunica la propuesta de resolución al denunciado y éste tiene 15 días para alegar; 9.-La Junta emite resolución y la comunica al veterinario; 10.- El denunciado puede recurrir al CVCV en el plazo de un mes y éste emitirá una resolución.

El caso de una reclamación judicial se concreta en 6 fases: 1.-El juzgado comunica al afectado la denuncia; 2.- El denunciado debe contactar con el ICOVV para asesorarle y comunicarlo al seguro de RC; 3.- Ha de cumplimentar el formulario de siniestros para el seguro y enviarlo al ICOVV junto a la denuncia y las alegaciones en su defensa 4.- El ICOVV manda a la aseguradora toda la documentación y ésta puede valorar un acuerdo extrajudiacial o ir a juicio; 5.- La correduría de seguros se pondrá en contacto con las partes para informar de la resolución.

Ver Guía sobre reclamaciones del ICOVV